DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

consecuentemente bajo dichos argumentos corresponde declarar la incompatibilidad del art. 198.II del proyecto de  Carta Orgánica Municipal.

En este entendido, los gobiernos municipales autónomos, en el marco de la competencia compartida de servicios de telefonía fija, móvil y telecomunicaciones, y respetando el régimen general y las políticas  sancionadas por el nivel central del Estado, autorizarán la instalación de torres y soportes de antenas y redes; sin embargo, en el artículo 198.II del proyecto de la Carta orgánica Municipal, el estatuyente establece una obligación para las empresas de servicio de telefonía alámbrica  como la de implementar procesos  de reingeniería de cableado aéreo por subterráneo, aspecto que no está dentro de la competencia señalada para los Gobiernos Autónomos Municipales, consecuentemente bajo dichos argumentos corresponde declarar la incompatibilidad del art. 198.II del proyecto de  Carta Orgánica Municipal.