DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

ARTÍCULO 134.- Mancomunidad.

I.     El Gobierno Autónomo Municipal podrá constituir o integrar mancomunidades con otras entidades territoriales autónomas, con el fin de desarrollar planes, programas, proyectos, obras, servicios, explotaciones y otras acciones conjuntas en el marco de sus competencias y en base a convenios mancomunitarios.