DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo

De igual forma corresponde señalar que el estatuyente en el parágrafo V del art. 166 del proyecto de la Carta Orgánica Municipal, regula para la universidades e institutos superiores públicos, privados, generando una obligación para estas instituciones, como la de otorgar becas a los mejores estudiantes, estableciendo inclusive que  el porcentaje y la distribución será regulado por ley municipal, sin tomar en cuenta que a la ETA, no le corresponde regular para otros sectores, órganos, instituciones y entidades de otros niveles del Estado, ya que conforme señala el precitado art. 272 de la CPE, la autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones.