DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015

Fecha: 26-Feb-2015

corresponde declarar la incompatibilidad de todo el mencionado art.

El estatuyente, incluye en la redacción del artículo 26.I.a.11 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, el término “interino”, el cual no es compatible con la redacción del art. 286.I y II de la CPE, en el que se habla específicamente del término “suplencia” en caso de ausencia temporal, y del termino de “sustituta o sustituto” en el caso de ausencia definitiva, producida después de transcurrido al mitad del mandato de la máxima autoridad ejecutiva, por lo que bajo dicho argumento, corresponde declarar la incompatibilidad de todo el mencionado art. al arts. 26.I.a.11) del presente proyecto, por ser contrario al art. 286.I y II de la CPE, por lo que se sugiere que para la adecuación de dicho artículo se  suprima el termino señalado, para ser reemplazado por el término correcto.