DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

a)  El ámbito jurisdiccional.

a)  El ámbito jurisdiccional. Se refiere a que la atribución asignada a un nivel de gobierno por el sistema de distribución competencial de la Ley Fundamental, deberá ser ejercida únicamente en la jurisdicción que dicho nivel administra y gobierna. Así lo establece el art. 272 de la CPE, al señalar que los órganos de un gobierno autónomo ejercerán las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones.