DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 84. Competencias adoptadas por la carta orgánica.

II. Otras competencias serán adoptadas bajo el principio de gradualidad y voluntariedad, para el ejercicio progresivo de las competencias de acuerdo a sus necesidades y capacidad institucional, para los procesos de transferencia y delegación competencial que no podrán realizarse de manera arbitraria, sino previo acuerdo intergubernativo.

II.  Otras competencias serán adoptadas bajo el principio de gradualidad y voluntariedad, para el ejercicio progresivo de las competencias de acuerdo a sus necesidades y capacidad institucional, para los procesos de transferencia y delegación competencial que no podrán realizarse de manera arbitraria, sino previo acuerdo intergubernativo”.