DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

competencias y atribuciones

Por otro lado el estatuyente al desarrollar el artículo objeto de análisis hace una copia incompleta del art. 272 de la CPE, omitiendo referirse en la parte final a las competencias y atribuciones, lo que conlleva repercusiones de orden constitucional; toda vez que, una autonomía no podría funcionar sin competencias y atribuciones que en esencia son la columna vertebral de los tipos de autonomía reconocida por nuestra Constitución Política del Estado, y en ese sentido, la misma Norma Suprema hace una definición y distribución de competencias para cada nivel de gobierno conforme los arts. 297 al 305, donde se advierten competencias privativas, exclusivas, concurrentes y compartidas que van munidas de sus facultades y atribuciones, según vayan a ser ejercidas por el nivel de gobierno respectivo, consecuentemente la omisión identificada conlleva el vicio de incompatibilidad manifiesta.