DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Con relación al apartado c del numeral 1,

Con relación al apartado c del numeral 1, que señala como requisito no tener acusación formal, al respecto el art. 234 de la CPE, dentro los requisitos para el acceso de funciones públicas no hace mención a la acusación formal consecuentemente el exigir el cumplimiento de requisitos no señalados en nuestra Constitución Política del Estado es un exceso que vulnera los derechos de las personas; asimismo, el numeral 4 del art. 234 de la misma Norma Suprema, establece el no tener pliego de cargo ejecutoriado como requisito general para el acceso a la función pública, consecuentemente el apartado en análisis debe ceñirse a lo que señala la Ley Fundamental, por lo que este Tribunal Constitucional Plurinacional, declara la incompatibilidad del apartado c del art. 34.1.