DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Respecto del numeral 4

El requisito de no tener acusación formal para acceder al desempeño de las funciones públicas no se encuentra descrita en el art. 234 de la CPE; consiguientemente, el tratar de incluir un requisito extra constitucional vulnera el acceso a la función pública, más aún cuando el numeral 1 del artículo en análisis señala: “Cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público” que de manera directa se refiere a todos los requisitos exigidos en el art. 234 de la CPE, asimismo el presente numeral deberá ser transcrito tal cual lo establece el numeral 4 del referido artículo de la Ley Fundamental; es decir, debe incluir el no tener pliego de cargo ejecutoriado.