DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

consecuentemente se declara la incompatibilidad con la Ley Fundamental, de la frase: “de acuerdo con los lineamientos definidos en el Concejo Municipal”, del numeral 1 del art. 42.I, debiendo el estatuyente suprimir dicha frase del proyecto de Carta Orgánica

El numeral 1, señala que el funcionamiento del Órgano Ejecutivo se lo realizará de acuerdo a los lineamientos que vaya a definir el Concejo Municipal, extremo que no es constitucionalmente admisible dado la independencia y separación de los órganos dispuesto en los arts. 12 de la CPE, 12 de LMAD, también establece tal separación en independencia de los órganos legislativo y ejecutivo de las ETA, estableciendo también que las funciones de dichos órganos no pueden ser reunidas en uno solo, ni son delegables entre sí, por lo que el estatuyente al pretender establecer que el Concejo defina los lineamientos para el funcionamiento del ejecutivo se constituye en una desproporción que genera un quebranto constitucional, consecuentemente se declara la incompatibilidad con la Ley Fundamental, de la frase: “de acuerdo con los lineamientos definidos en el Concejo Municipal”, del numeral 1 del art. 42.I, debiendo el estatuyente suprimir dicha frase del proyecto de Carta Orgánica.