DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

consiguientemente y bajo los argumentos expresados, este Tribunal declara la incompatibilidad de la locución “étnicas”, del numeral 24 del parágrafo I del art. 25, debiendo ser suprimido término del proyecto de Carta Orgánica.

El art. 1 de la CPE, manifiesta que: “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”, advirtiéndose que nos encontramos frente a un nuevo modelo de Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional, Comunitario que superó al antiguo modelo de Estado diseñado en la abrogada Constitución Política del Estado, de donde se extrae una de las diferencias principales que radica en la sustitución de lo multiétnico y pluricultural por lo plurinacional que reúne a lo multiétnico y lo pluricultural, pero a la vez incorpora a diferentes pueblos y naciones, no sólo reconociendo la diversidad de lenguas y culturas, sino reconociendo sus estructuras sociales y formas de autogobierno, consiguientemente hoy no podemos referirnos a lo étnico, toda vez que nuestra Norma Suprema, conforme lo expresado, ya no se refiere a lo multiétnico, y el intentar regular sobre este aspecto es vulneratorio con la Ley Fundamental contraviniendo al nuevo modelo de Estado, consiguientemente y bajo los argumentos expresados, este Tribunal declara la incompatibilidad de la locución “étnicas”, del numeral 24 del parágrafo I del art. 25, debiendo ser suprimido término del proyecto de Carta Orgánica.