DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 62. Educación.

I.     La educación es prioritaria para el Municipio Autónomo de Caiza “D” toda vez que se constituye en la más alta función del Estado, permitiendo a los ciudadanos y ciudadanas potenciar capacidades y habilidades que les permitan acceder en condiciones óptimas al mercado de trabajo, ejercer de forma responsable y plena sus derechos y deberes y mejorar su calidad de vida en general.

II.    El Gobierno Autónomo Municipal de Caiza “D” tiene la responsabilidad de apoyar la educación y la cultura a través de la elaboración de políticas públicas destinadas a reforzar y mejorar los recursos infraestructurales, humanos y técnicos para garantizar el libre acceso de los ciudadanos y ciudadanas a oportunidades de educación.

I.  La educación es prioritaria para el Municipio Autónomo de Caiza “D” toda vez que se constituye en la más alta función del Estado, permitiendo a los ciudadanos y ciudadanas potenciar capacidades y habilidades que les permitan acceder en condiciones óptimas al mercado de trabajo, ejercer de forma responsable y plena sus derechos y deberes y mejorar su calidad de vida en general.