DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

consecuentemente y bajo ese entendimiento, se declara la compatibilidad del presente artículo, debiendo el estatuyente sujetarse a dicha jurisprudencia a momento de aplicar esta previsión normativa.

El artículo en análisis no ha previsto la convocatoria a referendo para la reforma total o parcial de la norma institucional básica mediante iniciativa ciudadana, la cual deberá ajustarse por abstracción al artículo 411 de la CPE en cuanto al porcentaje exigido, tal como lo ha entendido la DCP 0042/2015, consecuentemente y bajo ese entendimiento, se declara la compatibilidad del presente artículo, debiendo el estatuyente sujetarse a dicha jurisprudencia a momento de aplicar esta previsión normativa.