DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Con relación  al apartado f del numeral 1,

Con relación  al apartado f del numeral 1, en el art. 8 de la presente Carta Orgánica, se asumió como uso oficial los idiomas el quechua y castellano, consecuentemente esta voluntad asumida deberá tener relación con el requisito de hablar dos idiomas para el acceso de desempeño de funciones públicas en el municipio de Caiza “D”, consecuentemente el exigir otro idioma propio del mismo, hace entrever que se refiere a otro idioma a parte del quechua, asimismo tratándose de los requisitos generales para el acceso a la función pública, el art. 234.7 de la CPE, exige el hablar al menos dos idiomas oficiales del país, y el numeral en análisis debe ajustarse a esta previsión constitucional.