DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

se declara la incompatibilidad con la Norma Suprema, del numeral 2 del art. 108, debiendo el estatuyente adecuar este conforme lo expresado.

El estatuyente en la parte final de su redacción señala: “…y de los pueblos originario campesinos de su jurisdicción”, de donde se advierte una omisión al no  señalar a los pueblos indígenas, y este hecho conlleva el vicio de incompatibilidad, toda vez que la Constitución Política del Estado reconoce los derechos de las NPIOC, consecuentemente  al haber omitido a los pueblos indígenas, y bajo los mismos fundamentos expuestos en el art. 33.3 del presente proyecto de Carta Orgánica, se declara la incompatibilidad con la Norma Suprema, del numeral 2 del art. 108, debiendo el estatuyente adecuar este conforme lo expresado.