DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2015

Fecha: 26-Feb-2015

reconoce

El estatuyente señala que: “El Gobierno Autónomo Municipal de Caiza ‘D’, reconoce que Todos los seres humanos de la jurisdicción municipal gozan de los derechos reconocidos en La Constitución Política del Estado y las leyes en vigencia” (las negrillas nos corresponden), advirtiéndose que el Gobierno de Caiza “D” realiza un reconocimiento al goce de los derechos regulados por la Norma Suprema y Leyes en favor de todos los seres humanos, extremo que es inadmisible constitucionalmente, toda vez que si bien la Carta Orgánica puede definir sus derechos y deberes que tengan relación con sus competencias, mal podría hacer un reconocimiento a los derechos previstos por la CPE y otras disposiciones, consecuentemente este supuesto reconocimiento extra constitucional que se realiza, vicia de incompatibilidad el presente parágrafo, ya que al tenor del art. 410 de la CPE, la Constitución Política del Estado, es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano a la que las demás normas inferiores se sujetan y le deben subordinación.