DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015

Fecha: 30-Jun-2015

ARTÍCULO 128. DEFINICIÓN DEL PRESUPUESTO PLURIANUAL.-

ARTÍCULO 128. DEFINICIÓN DEL PRESUPUESTO PLURIANUAL.- Es un instrumento de programación de un horizonte de tiempo de mediano plazo de los ingresos, gastos y financiamiento del sector público, mediante el cual las autoridades económicas toman decisiones de carácter presupuestario para cada uno de los años que comprende, considerando los ingresos esperados y los limites globales o sectoriales de los gastos para cada uno de los años en un horizonte de cinco años siguientes.