DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015

Fecha: 30-Jun-2015

ARTÍCULO 62. Suspensión Definitiva y Pérdida de Mandato.-

ARTÍCULO 62. Suspensión Definitiva y Pérdida de Mandato.- La Alcaldesa o el Alcalde Municipal, perderá el mandato siendo destituido y suspendido definitivamente del cargo, cuando exista en su contra sentencia condenatoria ejecutoriada en causas penales, en el marco de la Constitución Política del Estado.