DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015

Fecha: 30-Jun-2015

ARTÍCULO 40. LEYES Municipales.-

II. Las leyes municipales son normas de cumplimiento obligatorio a partir de su publicación u otra que se determine explícitamente. Se aprobarán por mayoría absoluta de las Concejalas y los Concejales presentes, salvando los casos previstos por la Constitución Política del Estado, la presente Carta Orgánica Municipal y las leyes.