DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015

Fecha: 30-Jun-2015

ARTÍCULO 90. DESARROLLO RURAL INTEGRAL.-

ARTÍCULO 90. DESARROLLO RURAL INTEGRAL.- En materia de Desarrollo Rural Integral, el Gobierno Autónomo Municipal debe ejecutar políticas generales sobre agricultura, ganadería, en concordancia con el Plan General de Desarrollo Rural Integral, en coordinación con los planes y políticas regionales, departamentales y nacionales; asimismo, debe promover el desarrollo rural integral de acuerdo a sus competencias y en el marco de la política general, y fomentar la transformación e incorporación del  valor agregado a la producción agrícola y ganadera.