DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015

Fecha: 30-Jun-2015

ARTÍCULO 32. FUNCIONES DE LAS CONCEJALAS Y LOS CONCEJALES MUNICIPALES.-

3.    Solicitar, por intermedio de la Presidenta o del Presidente del Concejo Municipal, información a la Alcaldesa o Alcalde Municipal, sobre la ejecución del Programa Operativo Anual, presupuesto, Plan de Desarrollo Municipal, plan estratégico institucional, plan de ordenamiento territorial, y los asuntos de su competencia.