DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2015

Fecha: 30-Jun-2015

ARTÍCULO 147. ACUERDOS Y CONVENIOS INTERGUBERNATIVOS.-

ARTÍCULO 147. ACUERDOS Y CONVENIOS INTERGUBERNATIVOS.- El Gobierno Autónomo Municipal de Capinota, para el logro de sus objetivos y fines, el ejercicio coordinado de sus competencias y la implementación conjunta de programas y proyectos, promoverá la suscripción de acuerdos y convenios con otras Entidades Territoriales Autónomas y con el nivel Central del Estado. Estos acuerdos tendrán carácter vinculante, con fuerza de ley para las partes previa aprobación y ratificación por el Concejo Municipal, de acuerdo a disposiciones legales nacionales y municipales en vigencia.