FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007 (DICTAMEN). CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007 (DICTAMEN). CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

Fecha: 13-May-2006

C Equipo Empleado

Durante el operativo de que se trata los elementos de la policía preventiva utilizaron el siguiente equipo antimotín: cascos, escudos, pr-24 (toletes) y armas de las llamadas disuasivas consistentes en escopetas lanza gas, cilindros de gas lacrimógeno, granadas de mano (gas), de humo rojo, de distracción (aturdidoras) y de gas lacrimógeno y, poco antes de finalizar el operativo, contaron con el apoyo de un helicóptero desde el cual se lanzaron granadas de gas. También emplearon perros adiestrados y diversas ambulancias para atender a los lesionados (oficio de quince de junio de dos mil seis, suscrito por el director general de Seguridad Pública, que obra agregado en la carpeta de la Dirección General de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca, anexo 5, página 7).

En relación con el equipo que empleó la Policía Preventiva del Estado de Oaxaca, conviene apuntar que el titular de la Notaría Pública 48 de la ciudad de Oaxaca, en el acta que levantó con motivo del desalojo, en lo conducente, asentó:

"... en este lugar certifico la inspección de los elementos de la Policía Preventiva que pertenecen al grupo número cinco con el objeto de revisarlos, por lo que certifico que no portan armas de fuego ... todos estos elementos portan únicamente escudos, cascos, toletes, chalecos así como lanzagranadas de gas lacrimógeno ..." [legajo 146, averiguación previa **********, página 49 vuelta].

La titular de la Notaría Pública 87 de la ciudad de Oaxaca, en el acta de hechos que levantó con motivo del desalojo, en lo que interesa asentó:

"... las personas con las que acudí al centro de la ciudad de Oaxaca, miembros todos ellos de la Policía Preventiva del Estado, se encontraban desarmados, es decir, no portaban armas de fuego ni punzocortantes, sin embargo los mismos llevaban el equipo necesario para su protección como lo son: casco, chaleco antibalas, escudo, tonfa, gas lacrimógeno y escopetas lanza granadas de gas lacrimógeno ..." [legajo 146, averiguación previa **********, página 41 vuelta].

Cabe precisar que el resto de los notarios que presenciaron el desalojo (titulares de las Notarías 32, 51, 78, 89 y 96 de la ciudad de Oaxaca) fueron contestes en sostener en sus respectivas actas que los policías no portaban armas de fuego, sino únicamente el equipo antimotín antes mencionado.