FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007 (DICTAMEN). CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007 (DICTAMEN). CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

Fecha: 13-May-2006

Finalmente En La Asamblea Estatal De Quince De Julio Del Citado Año Se Determinó Lo Siguiente

"4. Esta A.E. ratifica el acuerdo de la permanencia del plantón en el centro histórico con la presencia de trabajadores de la educación que no tienen responsabilidad frente a grupos académicos, el CES, org. auxiliares, personal de apoyo, jefes de depto. y áreas educativas en el IEEPO nombrados por el movimiento, jefes de sectores, supervisores y atp’s de todos los niveles educativos.

"...

"11. El único trámite administrativo en todos los niveles educativos es la certificación y acreditación de estudios, por lo que se invita a los jefes de deptos., jefes de sectores y supervisores que acaten este acuerdo ..." (carpeta de acuerdos, tareas y pronunciamientos de asambleas de la Sección XXII del SNTE, 464, página 93).

De la transcripción anterior se aprecia que la Sección XXII del SNTE "para salvar el ciclo escolar" de que se trata, abrió un periodo de dos semanas a partir del lunes diez de julio de dos mil seis.

Por otra parte, conforme al calendario 2006-2007 el ciclo escolar debió iniciar el veintiuno de agosto de dos mil seis y concluir el seis de julio de dos mil siete. No obstante, la sección XXII no inició clases sino hasta el treinta y uno de octubre siguiente en el caso de cinco regiones y hasta el quince de noviembre en las dos regiones restantes. Lo anterior implicó que hubiera 138 días de clases y no los 190 previstos por el calendario oficial. Lo antes expuesto se corrobora con el convenio de veintiocho de octubre de dos mil seis, en el que se recalendarizó el ciclo escolar 2006-2007 en el que se determinó que éste iniciaría el veintiocho de octubre de dos mil seis y concluiría el diecisiete de julio de dos mil siete (carpeta II de las actas certificadas, entes sociales, página 319).

De lo hasta aquí expuesto se aprecia que en dos ciclos escolares que, en su conjunto, suman trescientos ochenta días de clases realmente se tuvieron doscientos ochenta y cinco días de clases.

Ahora bien, según datos que fueron recabados por la Comisión Investigadora, la suspensión de actividades por parte de la Sección XXII del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación dejó sin clases a más de un millón de alumnos de educación básica, normal, media superior y superior en el Estado, y comprendió del veintidós de mayo de dos mil seis al treinta de octubre del mismo año, con un periodo intermedio de dos semanas de julio en las que, según quedó asentado, el magisterio reanudó las labores educativas en la entidad para concluir el ciclo escolar 2005-2006 (informe del director general del IEEPO, expediente principal, tomo 1, página 553 y cuadernillo de la segunda fase de la investigación, capítulo III, página 357).

Al respecto, el director general del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, en el oficio que presentó ante la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto Tribunal el quince de octubre de dos mil ocho, en lo que interesa manifestó:

"Los estudiantes afectados en su derecho a la educación por la suspensión de actividades de la sección XXII, suman en total 1 millón 014 mil 450 alumnos de educación básica y normal, que asistían a clases en 11 mil 615 centros escolares durante el ciclo escolar 2005-2006; en el ciclo escolar 2006-2007 fueron afectados 974 mil 816 educandos, en 11 mil 697 centros educativos." (cuadernillo formado con motivo de la segunda fase de la investigación, capítulo III).

La afectación a la educación fue confirmada por el licenciado *SUJETO 443*, asesor general de la Dirección General de IEEPO, en el acta que se levantó el dieciocho de febrero de dos mil ocho, en la que se asentó:

"... la Sección XXII del SNTE, inició el paro de labores el veintidós de mayo de dos mil seis, y del diez al veintiuno de julio de ese año, se inició el periodo de recuperación (los maestros regresaron a laborar por dos semanas) para efecto de cerrar el ciclo escolar, entregando al IEEPO, las estadísticas de fin de cursos, las relaciones de los niños que terminaron sexto de primaria y tercero de secundaria para efectos de entrega de certificados, por lo que en ese ciclo escolar no hubo ajuste de calendario ..." (carpeta 1 de actas, página 75).