FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007 (DICTAMEN). CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007 (DICTAMEN). CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

Fecha: 13-May-2006

Defunciones

El veintinueve de octubre de dos mil seis falleció *SUJETO 17*, enfermero del Instituto Mexicano del Seguro Social, lo cual originó la averiguación previa **********, instruida por el agente del Ministerio Público de la Mesa Uno Especial de Homicidios, con sede en La Experimental San Antonio de la Cal. De acuerdo con las copias certificadas de dicha indagatoria, la representación social conoció de ese hecho a la una con diez minutos del treinta de octubre de dos mil seis, con motivo del "aviso verbal de los integrantes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y de la señora *SUJETO 104*", madre del fallecido, quienes reportaron que se encontraba en una casa ubicada en la **********, por lo que se ordenó el levantamiento del cadáver en ese lugar (legajo 360, foja 5).

De la declaración de la madre se desprende que aproximadamente a las dieciocho horas unos vecinos le avisaron que su hijo estaba accidentado y que se encontraba en el canal nueve, pero después recibió otra llamada, sin decirle el nombre, informándole que su hijo estaba en la casa de una compañera de trabajo, por lo que se trasladó al lugar localizando a su hijo sin vida. También señaló que dio aviso al Ministerio Público del Hospital Civil, sin que hubiese llegado alguien, por lo que cuando arribaron integrantes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos la trasladaron a la oficina ministerial (legajo 360, foja 19). Sobre este tema, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos exhibió un video en donde se da cuenta de la llegada de los visitadores al domicilio en el que se encontraba el cadáver de quien en vida se llamara *SUJETO 17*, en compañía de su madre quien refirió los mismos hechos.

La autopsia practicada por el perito médico legista forense adscrito al Consejo Médico Legal y Forense señaló como causa de la muerte: "herida producida por disparo de proyectil de gas comprimido (gas lacrimógeno) que penetró a tórax produciendo fracturas, lesionando el corazón y pulmón izquierdo con hemorragia abundante.". El certificado de defunción señala que acaeció a las veinte horas (legajo 360, fojas 21, 22 y 49 a 51).

La madre de la víctima amplió su declaración señalando que debido a las barricadas en la ciudad, para trasladarse desde su domicilio hasta su centro de trabajo, su hijo acostumbraba caminar por la carretera de las riveras del río Atoyac y tiene conocimiento que cuando caminaba por el puente del tecnológico recibió en su pecho un impacto de cartucho de gas lacrimógeno y, según tiene entendido, los integrantes de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca lo trasladaron a su campamento que tenían en las instalaciones del canal nueve, frente al monumento de la madre y de ahí a la casa particular en donde lo encontró. Por su parte, la propietaria de ese inmueble refirió que conocía al occiso debido a que trabajaron juntos en el hospital y cuando ella se percató que personas desconocidas pretendían dejar abandonado el cuerpo en las inmediaciones del monumento a la madre, pidió que lo trasladaran a su domicilio. Asimismo, manifestó que le comentaron que había sido agredido cuando caminaba por la avenida Wilfredo Massieu, precisamente cuando atravesó la avenida para prestarle auxilio a una persona que se encontraba lesionada (legajo 360, fojas 161 y 165). A pesar de lo anterior, lo cierto es que dado el curso de la investigación, no se cuenta con elementos contundentes de las circunstancias de esta lamentable pérdida.

Es importante destacar que esta indagatoria actualmente se encuentra a cargo de la Procuraduría General de la República, bajo el expediente AP. **********, del índice de la Agencia Segunda Investigadora Especializada en Delitos Cometidos por Servidores Públicos.

Detenidos.

El veintinueve de octubre de dos mil seis, se detuvieron a veinticuatro personas, derivado de tres episodios. La intelección de las declaraciones de los detenidos, relacionados con el plan rector, permiten advertir que las personas, luego de ser detenidas, eran concentradas en camionetas, para después ser trasladadas a autobuses y, finalmente, en helicóptero a la representación social para rendir su declaración ministerial, dinámica que, como se corroborará más adelante, se repitió en los días siguientes.