FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007 (DICTAMEN). CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
Fecha: 13-May-2006
Hay Derechos Que Son Irreductibles Como La Prohibición De Tortura Y La Esclavitud
• Las autoridades deben respetar, en la mayor medida posible, las garantías (no irreductibles) que la Constitución otorga a los gobernados;
• Es deber de las autoridades crear y mantener las condiciones que permitan a los miembros de una comunidad desarrollar sus potencialidades y seleccionar libremente un proyecto de vida;
• El Estado -a través de las autoridades constituidas- debe asegurar un mínimo vital a los individuos;
• Se considera que una violación de garantías es de gran entidad cuando altera la vida de una comunidad dado el impacto trascendental que tienen en ésta los actos u omisiones de autoridad; y,
• El déficit más o menos prolongado en el goce de las garantías que aseguran un mínimo vital o la acción deliberada y concertada de las autoridades por violar garantías constituyen casos de especial importancia.
Los elementos antes precisados permiten establecer la conclusión relativa a que se está ante una violación grave de garantías cuando frente una situación deficitaria más o menos prolongada de las garantías que no permite asegurar el derecho al "mínimo vital", las autoridades, por desinterés o falta de diligencia, omiten llevar a cabo las acciones necesarias para solventar tal situación. Asimismo, constituye una violación grave de garantías el hecho de que las autoridades, de manera deliberada e ilegítima, violen los derechos fundamentales de los gobernados alterando la vida de la comunidad. De aquí se sigue que un elemento demostrativo de que se está ante una violación grave de garantías es la conducta de las autoridades (por acción u omisión) consistente en no evitar una situación deficitaria en el goce de garantías que impide gozar del derecho al "mínimo vital" o en violar deliberada e ilegítimamente garantías de una persona o de una colectividad. Esto determina que la suma de hechos que aisladamente constituyen violaciones de garantías pueden estimarse graves si en su conjunto generan conmoción en la sociedad.
Lo expuesto en el párrafo anterior permite afirmar que la facultad que el artículo 97 constitucional le confiere a este Alto Tribunal no únicamente está referida a las garantías constitucionales cuya violación podría ser materia de un juicio de amparo, sino que también está dirigida a determinar si hubo o no violación a garantías que constituyen bienes colectivos como los que ya se precisaron en la presente resolución (por ejemplo, derecho a la salud pública o a un medio ambiente libre de contaminación) o sociales. Esto es así, porque tal violación puede ser grave en la medida en la que puede alterar la vida de una comunidad o demostrar que hubo un concierto indebido de autoridades con el objeto de limitar de manera ilegítima el goce de las garantías constitucionales. Este aserto se corrobora con el hecho de que la facultad de que se trata está prevista en la Constitución de manera amplia, pues establece que este Alto Tribunal podrá investigar "algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual", de lo que se sigue que tal investigación puede referirse a la violación grave de cualquier garantía, pues si el Constituyente no hizo distinción alguna no puede el intérprete válidamente hacerla. Aunado a lo anterior, en la facultad de investigación de que se trata, a diferencia del juicio de amparo (en el que se juzga a una autoridad respecto de la que se reclama una violación concreta de garantías), no se juzga, sino que se dictamina sobre determinados hechos constitutivos de violación grave de garantías y se informa a las autoridades competentes para imputar responsabilidades a quienes se consideren responsables de dichas situaciones. Esto es lo que justifica que en la referida facultad el análisis de las garantías pueda ser más amplio, toda vez que no está sujeta al rigor del juicio de amparo.
Es importante señalar que el concepto de violación grave de garantías que se propone en los párrafos precedentes no excluye los criterios que sobre tal cuestión ha sustentado este Alto Tribunal, por el contrario, se trata de un concepto que complementa tales criterios y que contribuye a tener elementos más precisos que permitan establecer cuándo se está ante una violación grave de garantías. En este sentido, lo antes expuesto de ninguna manera pretende sustituir los criterios que sobre el tópico de que se trata ha sostenido este Tribunal Pleno, antes bien, se trata de consideraciones jurídicas que parten de aquéllos y que tienen como finalidad seguir avanzando en la consolidación de un concepto claro de violación grave de garantías.
Ahora bien, conviene apuntar de manera destacada que en la resolución en la que este Alto Tribunal determina ejercer la facultad de investigación únicamente se tienen elementos para determinar, de manera presuntiva, que hubo violación grave de garantías, lo que determina la viabilidad jurídica de proceder a realizar una investigación de hechos y eventualmente hacer un pronunciamiento jurídico acerca de los mismos. Esto es lógico, pues con los elementos que en ese momento se tienen es factible tener una apreciación previa acerca de si la forma de vida de una comunidad ha sido impactada trascendentalmente o sufrió un trastorno, a efecto de que oriente al Máximo Tribunal acerca de si es el caso o no que despliegue sus esfuerzos en esclarecerlos y calificarlos.
Este criterio de calificación para efectos de la procedencia de la investigación (importante afectación a la forma de vida de una comunidad) no rige de modo excluyente ni necesariamente condiciona los criterios o referentes que el tribunal considere pertinentes para la calificación final del caso; como tampoco el sentido de la calificación inicial condiciona el sentido de la calificación definitiva de la gravedad de las violaciones de garantías, puesto que, luego de agotada la investigación, sus resultados pueden conducirlo a una convicción distinta a la que se tenía antes, motivada por su más informada posición. Ese es, precisamente, el objeto de la investigación.
- Secretarios Jesicca Villafuerte Alemán Y Francisco Gorka Migoni Goslinga
- Resultando
- Considerando
- Para El Efecto De La Investigación Este Alto Tribunal Dispuso Diversos Límites A Saber
- Ahora Bien La Regla Del Mencionado Acuerdo General Dispone
- I Origen Y Alcance De Los Derechos Y Deberes Del Hombre
- Toda Persona Tiene Deberes Para Con La Familia La Comunidad Y La Humanidad
- Ii El Ideal De La Sociedad Que Busca La Constitución
- I Los Gobernadores De Los Estados No Podrán Durar En Su Encargo Más De Seis Años
- Artículo O La Nación Mexicana Es Única E Indivisible
- I Votar En Las Elecciones Populares
- Artículo
- Iv Las Garantías Como Mandatos De Optimización
- Naturaleza Jurídica
- Connotación De Violación Grave
- I Por Leyes O Actos De La Autoridad Que Viole Las Garantías Individuales
- Hay Derechos Que Son Irreductibles Como La Prohibición De Tortura Y La Esclavitud
- Tipos De Responsabilidad En Que Pueden Incurrir Las Autoridades
- Artículo Las Facultades Y Obligaciones Del Presidente Son Las Siguientes
- I Datos Del Estado De Oaxaca
- Factores Poblacionales
- Factores Geopolíticos
- Factores Económicos
- Factores De Salud
- A Nivel Nacional Ocupaba El Tercer Lugar En Muerte Por Cáncer Cérvico Uterino
- Factores Educativos
- Ii Cronología
- O Mayo
- Mayo
- Junio
- Julio
- O Agosto
- Agosto
- Septiembre
- O Octubre
- Octubre
- O Noviembre
- Noviembre
- Diciembre
- Enero
- Iii Negociación
- Nuestra Demanda Central Es La Salida De Sujeto Del Gobierno Del Estado
- El Diálogo Debe Ser Sin Condiciones
- El Enlace Y Coadyuvancia Para El Diálogo Será A Través De Don Sujeto Y Serapaz
- I Marco Regulatorio
- Ley General Que Establece Las Bases De Coordinación Del Sistema Nacional De Seguridad Pública
- Artículo La Coordinación Comprenderá Las Materias Siguientes
- Ii Sistemas Disciplinarios Así Como De Estímulos Y Recompensas
- Vii Regulación Y Control De Los Servicios Privados De Seguridad Y Otros Auxiliares
- C La Formulación De Políticas Públicas Tendientes A Prevenir La Comisión De Delitos
- Ámbito Federal
- Ii Tener En Ningún Tiempo Tropa Permanente Ni Buques De Guerra
- Iv Unidades Administrativas Regionales
- Artículo Corresponde A La Coordinación De Fuerzas Federales De Apoyo
- C Comisionado
- Ámbito Estatal
- Artículo Son Obligaciones Del Gobernador
- Artículo A La Secretaría General De Gobierno Corresponde El Despacho De Los Siguientes Asuntos
- Artículo El Secretario Tendrá Las Siguientes Funciones Indelegables
- Xviii Coordinar Los Cuerpos De Seguridad Pública Del Estado
- I Planear Y Coordinar A La Policía Preventiva A Su Cargo
- Ámbito Municipal
- Iii Los Municipios Tendrán A Su Cargo Las Funciones Y Servicios Públicos Siguientes
- Ley Municipal Para El Estado De Oaxaca
- Artículo Son Categorías Administrativas Dentro Del Nivel De Gobierno Municipal
- Por Cada Agente Municipal O De Policía Habrá Un Suplente
- Artículo Corresponden A Los Agentes Municipales Y De Policía Las Siguientes Obligaciones
- Artículo Son Obligaciones De Los Ciudadanos Del Municipio
- Municipio De Oaxaca De Juárez
- La Dirección General De Seguridad Pública
- Municipios Conurbados
- Ii Principios Que Rigen La Fuerza Pública
- Principios Constitucionales Específicos Que Rigen A Los Cuerpos De Seguridad Pública
- Las Condicionantes De Los Actos Que Restringen Derechos De Las Personas
- Que La Intervención Sea Proporcional A Las Circunstancias De Facto
- Las Vertientes Del Análisis De Legitimidad Del Uso De La Fuerza Pública
- I Suceso De Junio De
- A Antecedentes
- B Orden Del Uso De La Fuerza Pública
- Sin Otro Particular Le Reitero Las Seguridades De Mi Atenta Y Distinguida Consideración
- A Directrices
- No Portar Armas De Fuego Durante El Desahogo De La Diligencia
- B Elementos Participantes
- C Equipo Empleado
- D Estrategia
- Grupo Siete Subcomandantes Oficiales Suboficiales Y Elementos De Línea
- C Ejecución
- El Comandante Sujeto En Su Parte Informativo Adujo Lo Siguiente
- El Parte Informativo Que Rindió El Comandante Sujeto En Lo Conducente Dice
- El Titular De La Notaría Pública En El Acta Relativa Asentó
- Cabe Señalar Que Durante Este Trayecto No Observé Señales De Violencia Alguna
- El Titular De La Notaría Pública Número En El Acta Correspondiente Afirmó
- La Notario Público Número En Lo Que Interesa Expresó
- A Equipo Consumido
- B Lesionados
- C Detenidos
- D Retenidos
- E Situación Posterior Al Operativo
- E Valoración Del Uso De La Fuerza Pública
- Episodio Cateos
- El Artículo De La Ley Fundamental En Lo Que Interesa Dispone
- Ii Operativo Juárez
- Contexto De Hecho
- Planeación
- A Policía Federal Preventiva
- Cuadernillo De La Comisión Investigadora Fase Iii Tema Foja
- B Agencia Federal De Investigación
- D Operativos Coordinación De Fuerzas Federales De Apoyo
- Elementos De Afi Elementos
- C Ejército Y Fuerza Aérea
- D Autoridades Locales
- Prescripciones Comunes
- Primera Fase Traslado De La Ciudad De México A Las Bases De Partida Establecidas En La Entidad
- Tercera Fase Remoción De Barricadas Y Escombros
- Quinta Fase Entrega De Instalaciones Y Espacios Físicos A La Autoridad Local
- C Pgje Carpeta Anexo Página
- Limpieza Barreras Y Obstáculos
- Antenas El Rosario Carpeta Anexo Página
- Universidad Autónoma Benito Juárez De Oaxaca Radio Universidad
- El Centro Coordinador Es El Único Que Puede Emitir Cambios De Orden
- Ejecución De La Fuerza Pública
- A Suceso De Octubre De
- A Contexto General
- Carretera Oaxacaguelatao
- El Crucero De Parque Del Amor Y La Clínica Santa Anita Con Autobuses
- En La Calle De Pino Suárez Y Guerrero Por Integrantes De La Appo
- En El Crucero A Santa Cruz Xoxocotlán Se Encuentra Una Barricada
- Carril Del Periférico Que Conduce A La Central De Abasto Frente A La Preparatoria
- En El Crucero Del Parque Del Amor Y La Clínica Santa Anita Con Autobuses
- Veintinueve De Octubre De Dos Mil Seis Octubre
- B Episodio Hechos Suscitados A Las Horas Frente Al Parque Del Amor
- Resultados Del Episodio
- Lesionados Del Episodio
- Sujeto Inflamación De Párpado Superior Derecho Zona Equimótica Leve Color Negruzco
- Sujeto Excoriación Lineal De Centímetros En La Muñeca Izquierda En Cara Anterior
- Sujeto Excoriación De Centímetros Sobre El Dorso De La Muñeca Izquierda
- Con Excepción De Sujeto En Todos Los Certificados El Perito Concluyó
- En El Caso De Sujeto Las Últimas Dos Conclusiones Del Certificado Señalan
- En La Misma Fecha Amplió El Parte Informativo De Referencia Indicando Lo Siguiente
- Lesionados
- Sujeto Zona Heritomatoso En Muslo Derecho Con Cara Posterior Y Parte Del Glúteo Derecho
- Con Excepción De Sujeto E Sujeto En Todos Los Certificados El Perito Concluyó
- En El Caso De Sujeto E Sujeto La Última Conclusión Fue Del Siguiente Tenor
- D Episodio Hechos Suscitados A Las Horas A La Altura Del Parque Tecnológico
- E Sumario Del Suceso
- Defunciones
- Situación Posterior Al Operativo
- El De Octubre A Las Horas Se Mantienen Bloqueos Sobre La Carretera Federal
- Estos Contingentes Se Trasladaron Hacia El Zócalo De La Ciudad
- B Resultados Del Suceso
- En Diversa Deposición Ministerial Otro De Los Elementos Que Resultó Lesionado Indicó
- C Resultados Del Episodio
- Sujeto Edema En Labio Superior Equimosis En El Área Hepática Foja
- Sujeto Equimosis En Pómulo Derecho Y Región Frontal Media Foja
- Sujeto Edema En Pómulo Izquierdo Con Inflamación Con Aliento Alcohólico Foja
- Sujeto Sin Huellas De Lesiones Fojas Y
- Sujeto Sin Huellas De Lesiones Fojas Vuelta Y
- El De Noviembre Se Reportan Los Siguientes Heridos
- E Suceso De Noviembre De
- A Resultados Del Suceso
- Los Enfrentamientos Con La Pfp El De Noviembre
- A Las Horas Los Inconformes Ingresaron Al En Donde Realizaron Saqueos
- B Episodio Hechos Suscitados A Las Horas En El Centro De La Ciudad De Oaxaca De Juárez
- Detenidos Y Lesionados
- En Virtud De Lo Anterior Le Informo A Usted Lo Siguiente
- C Episodio Hechos Suscitados A Las Horas En El Parque El Llano
- D Traslados
- Sujeto
- Cuál Fue El Motivo Para Que Autoridades Federales Realizaran Los Traslados Respectivos
- Qué Persona O Personas Estuvieron Al Mando De Esos Traslados
- A Físicos
- B Psicológicos
- Ix Resultados De Los Tests De Diagnóstico
- Una Excoriación De X Cm En Tórax Posterior Izquierdo
- Evidencias Físicas
- Evidencias Psicológicas
- Xii Conclusiones Y Recomendaciones
- Ix Resultado De Los Tests De Diagnóstico
- Recuerdos Recurrentes De Los Hechos
- Se Encontraron Las Siguientes Lesiones
- Con Las Siguientes Lesiones
- Hematoma En Región Occipital De X Cm
- Una Equimosis Color Negruzco En La Región Acromial Derecha Que Mide X Cm De Longitud
- Una Zona Contusoexcoriativa En Codo Izquierdo Que Mide Cm De Longitud
- Le Pusieron Boca Abajo En El Traslado De Oaxaca A Miahuatlán
- Amedrentamiento Obligándolo A Mantener La Cabeza Agachada Durante Los Traslados
- Equimosis De Coloración Verde Amarillenta En Región Infraescapular Izquierda Que Mide X Cm
- Derrame Conjuntival Izquierdo En Un De Su Totalidad
- Edema De La Segunda Y Tercera Falange Del Dedo Índice De Mano Izquierda
- C Se Encontró Alteración En Su Estado De Sueño
- Jalones De Cabellos A Partir De Su Detención
- Golpes Contusos Intensos En La Espalda Abarcando El Hombro Hasta Lograr Tirarla Al Suelo
- Zona Equimótica De Color Violácea De Cm Localizada En La Rodilla Derecha
- Contractura Muscular En Cuello
- Le Pusieron Boca Abajo En El Traslado Además Los Policías Le Pisaron En Las Pantorrillas
- Hemorragia Conjuntival Del Ojo Izquierdo En Un De Su Totalidad Sic
- Equimosis De Color Violáceo En Región Malar Izquierda Y Nasogeneana Del Mismo Lado
- Una Costra Hemática Que Mide X Cm Localizada En Codo Izquierdo
- Amplia Inflamación De Dorso De Mano Izquierda
- Zona Equimótica Color Violácea En Cara Interna De Primer Dedo De Pie Izquierdo
- Xii Consultas Y Recomendaciones
- G Suceso De Noviembre De
- Colofón Del Operativo Juárez
- Detenidos
- Sumario Del Operativo Juárez
- Elementos De La Policía Municipal
- Valoración Del Uso De La Fuerza Pública En El Operativo Juárez
- En La Asamblea De Diecinueve De Mayo De Dos Mil Siete Se Determinó
- Sección Xxii De Oaxaca
- Asimismo El Periódico Extra De Oaxaca De La Misma Fecha Informó
- A Elementos Participantes
- Heroico Cuerpo De Bomberos
- B Equipo Empleado
- C Estrategia
- Ejecución
- A Lesionados
- Sujeto Equimosis En Tórax Anterior No Pone En Peligro Su Vida
- Sujeto Escoriaciones En Rodillas No Ponen En Peligro La Vida
- Sujeto No Presenta Lesiones Físicas
- Sujeto Tórax Con Equimosis En Homóplato Izquierdo No Pone En Riesgo Su Vida
- B Detenidos
- C Situación Posterior Al Operativo
- Valoración Del Uso De La Fuerza Pública
- Descripción De La Garantía
- Artículo Garantías Judiciales
- Artículo Protección Judicial
- Los Estados Partes Se Comprometen
- B A Desarrollar Las Posibilidades De Recurso Judicial Y
- Limitaciones Permisibles
- Artículo Suspensión De Garantías
- Hechos Que Afectaron La Garantía
- A Órganos Del Poder Judicial De La Federación
- Primer Tribunal Colegiado De Circuito De Octubre De
- Primer Tribunal Colegiado De Circuito Y De Noviembre De
- B Órganos De La Procuraduría General De La República
- C Órganos Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado
- D Órganos De La Procuraduría General De Justicia Del Estado
- Por Su Parte La Dirección De Averiguaciones Previas Y Consignaciones Informó
- A Esta Mesa De Incidentes Se Le Confirieron Las Siguientes Atribuciones
- E Policía Local
- Actualización De La Violación
- Toda Familia Tiene Derecho A Disfrutar De Una Vivienda Digna Y Decorosa
- Artículo Derecho A La Vida
- El Artículo De La Constitución General Dispone
- Toda Persona Tiene Derecho A Que Se Respete Su Integridad Física Psíquica Y Moral
- Artículo Derecho A La Integridad Personal
- Convención Interamericana Para Prevenir Y Sancionar La Tortura
- Iv Garantías De Libertad
- El Artículo De La Constitución General En Lo Conducente Estatuye
- Artículo Obligación De Respetar Los Derechos
- Artículo Derecho De Circulación Y De Residencia
- Toda Persona Tiene Derecho A Salir Libremente De Cualquier País Inclusive Del Propio
- El Artículo O Primer Párrafo Y Constitucionales En Lo Conducente Estatuyen
- Artículo Derecho Al Trabajo
- Artículo O
- Plan De Acción General
- Impulsar La Toma Del Palacio De Gobierno De La Manera Más Pronta
- Respecto Del Plan De Acción
- Tomar Por Tiempo Indefinido La Casa Oficial
- Brigada Móvil De Integrantes De La Appo Arriban A Diferentes Dependencias De Gobierno
- Autobuses De Oriente
- Maestros Toman La Comisión Federal De Electricidad En San Juan Cacahuatepec
- Habitantes De Telixtlahuaca Permiten El Paso Libre En La Caseta De Cobro De Huitzo
- Integrantes De La Appo Se Posesionan De Cortv Canal
- A Las Horas Tomaron Las Instalaciones De La Cortv Mejor Conocido Como Canal
- En Una Diversa Denuncia Se Expuso
- Impacto Económico En La Zona A
- Reducción De Empresas Registradas Ante El Imss Entre Julio De Y Enero De
- Nadie Podrá Ser Molestado A Causa De Sus Opiniones
- Artículo Libertad De Pensamiento Y De Expresión
- Declaración De Principios Sobre Libertad De Expresión
- Toda Propaganda En Favor De La Guerra Estará Prohibida Por La Ley
- B La Protección De La Seguridad Nacional El Orden Público O La Salud O La Moral Públicas
- Toda Persona Tiene Derecho A La Educación
- El Artículo Fracción Ii De La Ley General De Educación Dispone
- Declaración Política Y Educativa
- Aspecto Operativo
- Compromisos Administrativos
- Reuniones Con Padres De Familia Para Entrega De Calificaciones Y Documentación Escolar
- Evaluación Y Seguimiento
- Finalmente En La Asamblea Estatal De Quince De Julio Del Citado Año Se Determinó Lo Siguiente
- En Ese Tenor El Presidente Municipal De Tlalixtac De Cabrera En Su Informe Expuso
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- Artículo Derecho A La Propiedad Privada
- Artículo Deber De Adoptar Disposiciones De Derecho Interno
- I Será Jurisdiccional Y Autónomo Del De Materia Penal
- Las Expropiaciones Sólo Podrán Hacerse Por Causa De Utilidad Pública Y Mediante Indemnización
- En La Misma Tesitura El Procurador General De Justicia De Oaxaca Informó
- Daños Al De Oaxaca A Los Cuales Se Les Asignó Un Valor De
- Cuadernillo De La Segunda Fase De La Investigación Capítulo Ii Páginas A
- Los Costos De Producción Estimados Diarios Ascienden A La Cantidad De
- Similar Situación Hizo Constar La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
- Referente A Este Punto La Secretaría De Turismo Del Gobierno Del Estado De Oaxaca Informó
- Artículo Todo Individuo Tiene Derecho A La Vida A La Libertad Y A La Seguridad De Su Persona
- Toda Persona Tiene Derecho A La Libertad Y A La Seguridad Personales
- La Asamblea General
- Proclama Solemnemente Que Los Pueblos De Nuestro Planeta Tienen El Derecho Sagrado A La Paz
- Paralización De Diversos Juicios Dada La Toma Del Tribunal Superior De Justicia Y De Juzgados
- I Uso De Fuerza Pública En El Suceso De Junio De
- Ley Orgánica De La Policía Del Estado De Oaxaca
- Ii Uso De Fuerza Pública En El Operativo Juárez De Octubre De Al De Enero De
- Ley De La Policía Federal Preventiva
- Serán Deberes De Los Miembros De La Policía Federal Preventiva
- Reglamento De La Policía Federal Preventiva
- Iii Uso De La Fuerza Pública En El Suceso De Julio De
- Ley Orgánica Del Poder Ejecutivo Del Estado De Oaxaca
- Ley Orgánica De La Policía Del Estado
- Reglamento De La Coordinación General De Seguridad Pública Tránsito Transporte Y Protección Civil
- Reglamento Interno De La Secretaría De Protección Ciudadana Del Gobierno Del Estado De Oaxaca
- Iv Violación Generalizada De Garantías Individuales
- Notifíquese En Los Términos Indicados En Este Dictamen