FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007 (DICTAMEN). CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007 (DICTAMEN). CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

Fecha: 13-May-2006

Ejecución

El director general de Seguridad Pública y el secretario de Protección Ciudadana en sus respectivos informes manifestaron que en cuanto se determinó emplear la fuerza pública para repeler a los manifestantes, se procedió a organizar a los policías en tres grupos. El primer grupo tuvo el objetivo de avanzar hacia aquéllos por la calzada Niños Héroes de Chapultepec, con la finalidad de "romper su frente de ataque, mismos que al notar la acción, se apoderaron de dos vehículos del servicio urbano, pero al no lograr su objetivo, el primer autobús, lo proyectaron contra la parte trasera del primero para, posteriormente, aventarles piedras, cohetes y bombas molotov, lo que originó que éstos se incendiaran, debido a tal agresión, los elementos retrocedieron aproximadamente cincuenta metros, percatándose en ese momento, que el grupo de personas que habían ocasionado los daños a los autobuses, se dirigían hacia el interior del estacionamiento e instalaciones del hotel ‘Fortín Plaza’, desde donde les seguían lanzando objetos, por tal motivo personal de las demás corporaciones policíacas, fueron en su apoyo, coordinándose para detener a estas personas; distribuyéndose para que unos se replegaran y otros avanzarán por el frente del hotel ‘Fortín Plaza’ y los demás por detrás del inmueble, observando que en ese momento, los manifestantes se encontraban en el estacionamiento del hotel ‘Fortín Plaza’, apoderándose de dos vehículos más, uno de la marca ‘Toyota’, color plata y otro marca ‘Nissan’, color azul, a los cuales, les prendieron fuego y los lanzaron en contra de ellos, aprovechando la pendiente de la calle ..."

El secretario de Protección Ciudadana del Estado de Oaxaca en el informe que rindió a los Magistrados comisionados, manifestó lo siguiente:

"Como a las 11:30 horas, ya se había incrementado el número de manifestantes a unas mil quinientas o dos mil personas, las cuales portando palos, piedras, botellas con agua, bombas molotov, cohetones, y hasta ruedas catarinas (rueda conteniendo pólvora, que se utiliza en las fiestas regionales como fuegos artificiales), incitaban a sus compañeros a romper el cerco policíaco y tomar el auditorio, procediendo a agredir con insultos y golpes a los policías, que se encontraban en ese sitio vigilando, así como tratando de arrebatarles sus escudos y macanas, además de aventarles diversos objetos, entre ellos una rueda catarina, lo que provocó la reacción institucional de los policías para disuadir y replegar a los manifestantes, a fin de que cesaran su agresión, siendo necesario para esos efectos que se lanzara gas lacrimógeno ..." (expediente principal, tomo III, página 317).

De lo hasta aquí expuesto, se desprende que el dieciséis de julio de dos mil siete, los manifestantes intentaron "tomar" el auditorio Guelaguetza con la finalidad de impedir que se llevara a cabo dicha fiesta. Como la intención de los manifestantes se hizo pública y, además, existían amenazas de atentados por otros grupos, el Gobierno del Estado implementó un operativo tendente a salvaguardar dicho auditorio e impedir que los manifestantes lo tomaran. Así, cuando éstos intentaron ingresar a éste, los cuerpos policíacos reaccionaron y fue así que inició el enfrentamiento en el que se emplearon gases lacrimógenos y otras armas "disuasivas" (como toletes), además se documentó el uso de piedras que arrojaban a los manifestantes, mientras que éstos aventaron piedras y emplearon palos. Es importante mencionar que antes del enfrentamiento la autoridad conversó con los manifestantes explicándoles los motivos por los cuales no se les permitía el acceso al auditorio. También conviene resaltar que, durante el enfrentamiento, se ocasionaron daños materiales significativos pues se afectaron vehículos e inmuebles.