tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“ARTÍCULO 22.

I.   En el marco de las competencias compartidas con el nivel central del Estado, el municipio asume la distritación electoral en el caso eventual de selección y elecciones de representantes políticos y sociales, donde dos o más distritos con afinidad territorial puedan unirse y competir en justas electorales

I.     En el marco de las competencias compartidas con el nivel central del Estado, el municipio asume la distritación electoral en el caso eventual de selección y elecciones de representantes políticos y sociales, donde dos o más distritos con afinidad territorial puedan unirse y competir en justas electorales.