tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015

Fecha: 16-Dic-2015

un supuesto de prohibición y no de incompatibilidad

Revisado el texto del art. 34 se advierte que el nomen iuris está referido a las causales de incompatibilidad y prohibición para el ejercicio de la función pública de las autoridades municipales; sin embargo, el contenido del parágrafo I establece como incompatibilidad el ejercicio simultáneo de más de un cargo, aspecto que conforme al art. 236.I de la CPE, constituye un supuesto de prohibición y no de incompatibilidad; es decir, que el supuesto que regula el parágrafo en revisión, no guarda relación con los casos previstos en la Constitución Política del Estado.