tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015

Fecha: 16-Dic-2015

no existe jerarquía alguna

La citada norma constitucional es clara al establecer que no existe jerarquía alguna entre los derechos que la Constitución Política del Estado y los contenidos en los tratados o convenios internacionales que conforman el bloque de constitucionalidad, reconocen en favor de sus titulares; sin embargo, la norma en revisión dispone que se promoverá con prioridad los derechos que en ella se detallan; en ese antecedente, se entiende que la labor de promover los derechos fundamentales, implica la adopción y ejecución de las medidas que sean necesarias con la finalidad de que los mismos sean de conocimiento de la población, para que puedan ejercerlos de manera efectiva; ahora bien, por mandato constitucional, el Estado a través de sus diferentes órganos de gobierno, instituciones, niveles de gobierno, etc, tiene la obligación ineludible de promover, proteger y respetar todos los derechos reconocidos en la Ley Fundamental y en las que integran el bloque de constitucionalidad; por lo que, no es admisible que una norma institucional básica establezca la prioridad de promover solo algunos derechos por sobre otros.