tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 62.

Artículo 62.              (Priorización de la inversión) La inversión de proyectos comunales, zonales, distritales y municipales está sujeta en forma obligatoria al acta de conformidad firmada en asamblea y/o ampliado; la priorización de proyectos deben estar de acuerdo a la visión y política municipal principalmente.