tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015

Fecha: 16-Dic-2015

asumido

De lo antes referido se entiende que el modelo de gestión educativa que se adopte para el sistema educativo, debe ser asumido por los gobiernos subnacionales en el ámbito de las competencias y atribuciones establecidas por ley; es decir, que el modelo de gestión educativa definida por la instancia que ejerce tuición debe ser asumido, por cuanto el mismo responde a un mandato insoslayable y de cumplimiento obligatorio que no da lugar a posibilidad alguna de desarrollar un modelo distinto al establecido; sin embargo, la disposición en revisión al hacer uso del término “adopta” pretende otorgar un margen de libertad para que pueda determinar unilateralmente la aplicación de un modelo de gestión educativa distinto al definido por la instancia que ejerce tuición.