tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015

Fecha: 16-Dic-2015

nivel central del Estado,

Del marco normativo constitucional citado precedentemente, se advierte que el legislador ha previsto como competencia privativa del nivel central del Estado, regular todo lo concerniente al sistema financiero; ahora bien, en virtud a dicha competencia el legislador nacional ha sancionado la Ley de Servicios Financieros, cuyo objetivo es regular las actividades de intermediación financiera y la prestación de los servicios financieros, así como la organización y funcionamiento de las entidades financieras y prestadoras de servicios financieros, la participación del Estado como rector del sistema financiero, entre otros aspectos.