tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015

Fecha: 16-Dic-2015

vía referendo

El marco normativo glosado, hace evidente que la conversión de autonomía municipal en autonomía indígena originaria campesina, procede vía referendo desarrollado conforme al procedimiento establecido en la Ley del Régimen Electoral, y se activa por iniciativa ciudadana; sin embargo, la disposición en examen, prevé que la conversión hacia autonomía indígena procederá con la sola voluntad de la sociedad civil, previsión que resulta contraria al art. 294.II de la CPE, ya que deja de lado que la mencionada conversión se materializa a partir de la decisión asumida vía referendo.