tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

tDECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015

Fecha: 16-Dic-2015

la incompatibilidad

En conexidad con el argumento expuesto al momento de analizar el párrafo introductorio del art. 25 en estudio, se declara la incompatibilidad del numeral 7 de dicho artículo, puntualizando que en el caso particular, la competencia compartida para la creación de impuestos de dominio tributario exclusivo corresponde al gobierno autónomo municipal –en este caso al de Santiago de Huata−, y no de los gobiernos autónomos, como prevé la norma.