DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Con relación al epígrafe

Con relación al epígrafe del proyecto de la Carta Orgánica Municipal de Palca, la parte dispositiva de la DCP 0097/2017 declaró su incompatibilidad con la Norma Suprema, debido a que se pretendía modificar la denominación del municipio a incluir el término “Illimani” en el nombre de la unidad territorial, extremo que no se encuentra dentro las atribuciones y competencias de la ETA municipal.

Se declaró incompatible la letra “I” inserta en la sigla “GAM-PI” del epígrafe del antes art. 86 señalando que la ETA, no es competente para modificar la denominación del municipio, correspondiendo al nivel central del Estado emitir una ley de designación o modificación a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Ahora bien, conforme a la observación efectuada por la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, el estatuyente suprimió la letra “I” de la denominación del ahora art. 83; del cual se advierte que el actual  epígrafe hace referencia a las prohibiciones a ser aplicables a los servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal de Palca; disposición regulatoria, que no contradice preceptos constitucionales.