DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Sobre el artículo 72 (antes art. 75)

La DCP 0097/2017, con el mismo entendimiento de incompatibilidad establecido para el Preámbulo del proyecto de Carta Orgánica Municipal de Palca; se instó al estatuyente municipal a suprimir la abreviación del término “Illimani”, que integraba la denominación de la ETA inserta en la parte introductoria del antes art. 75; siguiendo dicha observación, el estatuyente procedió a suprimir el referido término.

El precepto en análisis, alude a la “Promoción del empleo”, disponiendo que el Gobierno Autónomo Municipal realice acciones para dicho propósito en su jurisdicción municipal, estableciendo en consecuencia criterios a ser atendidos prioritariamente, los cuales se encuentran sustentados fundamentalmente en la vulnerabilidad de los sectores a favor de quienes se promoverá el empleo, así como la promoción de mano de obra local; para lo cual prevé programas de capacitación específica, encontrándose dicha regulación acorde a la previsión contenida en el art. 302.I.4 de la CPE, que establece como competencia exclusiva del nivel municipal la: “Promoción del empleo y mejora de las condiciones laborales, en el marco de las políticas nacionales”.