DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018

Fecha: 12-Dic-2018

el primer parágrafo

En ese sentido, el primer parágrafo prevé la emisión de normas en favor de las personas con diferente orientación sexual, disponiendo que: “El Gobierno Autónomo Municipal de Palca, emitirá la norma correspondiente de desarrollo que permita materializar la voluntad de éste, haciendo efectivo el derecho de las personas a ejercer su sexualidad, en el marco del respeto hacia las personas que ejercen este derecho de manera distinta”; a ello, resulta importante señalar que por imperio del art. 109 de la CPE, los derechos reconocidos son directamente aplicables, por lo cual no precisan de un desarrollo normativo de un gobierno sub-nacional a efectos de su ejercicio o materialización; razón por la cual, lo previsto por el parágrafo I de la presente disposición no deberá entenderse como una limitante al ejercicio de los derechos de las personas con diferente orientación sexual; es decir, que no es necesario que se emita de manera previa una norma de desarrollo para el ejercicio o la materialización del referido derecho fundamental.