DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Respecto al numeral 5

La Declaración Constitucional Plurinacional primigenia refirió que debía tomarse en cuenta lo dispuesto en los arts. 157 y 170 de la Norma Suprema, en cuyas regulaciones la pérdida de mandato está supeditada  a la existencia de una sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, aspecto que no establecía la presente regulación causando ambigüedad e indeterminación de la norma, vulnerando el principio de seguridad jurídica establecido en el art. 9.2 de la CPE.

Ahora bien, conforme al fundamento de incompatibilidad el estatuyente modificó el contenido del numeral, previendo como causal de cesación en sus funciones de las autoridades del Gobierno Autónomo Municipal de Palca la existencia de una sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal; regulación que se configura a las causales de pérdida de mandato de los miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, como también de las máximas autoridades del Estado, establecidos en los arts. 157 y 170 de la CPE, disposiciones constitucionales que por extensión son aplicados a los motivos de pérdida de mandato de las concejalas, los concejales y de la MAE de los gobiernos autónomos municipales.