DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019

Fecha: 06-Feb-2019

ARTÍCULO 69. (De las responsabilidades de los componentes del órgano ejecutivo)

2.    En caso de renuncia expresa conforme a norma nacional o muerte, inhabilidad permanente o revocatoria se procederá a una nueva elección siempre y cuando no hubiere transcurrido la mitad de su mandato. En caso contrario la sustituta o sustituto será un miembro del H. Concejo Municipal elegido por 2/3 de votos del pleno del concejo quien dentro los 120 días calendario convocara a elección de la nueva autoridad, conforme a normativa nacional.