DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019

Fecha: 06-Feb-2019

Con relación al parágrafo III,

Con relación al parágrafo III, se declaró la incompatibilidad de la frase: “…aprobado por ley municipal”, y se dispuso retirar la misma, correspondiendo además aplicar el segundo fundamento desarrollado en el art. 55.I del presente proyecto normativo; en ese sentido, se expresó que: “Por otro lado, valdrá la pena considerar que siendo el reglamento general un instrumento que regula el ejercicio de atribuciones internas del concejo municipal, no puede asumirse que el mismo sea aprobado por ley municipal, porque no se trata de una norma que regirá para el gobierno municipal y que por lo tanto deba involucrar al ejecutivo municipal, promulgando dicha normativa”.

Ahora bien, de la revisión del contenido del numeral 1 se advierte que el estatuyente suprimió la frase observada; por lo que, habiendo cumplido con lo dispuesto en la Declaración Constitucional Plurinacional precedente, el actual numeral no vulnera la Norma Suprema, ya que el mismo dispone un conjunto de motivos que posibilitan a los concejales suplentes asumir la titularidad.