DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019

Fecha: 06-Feb-2019

Respecto del numeral 5

Respecto del numeral 5, se dispuso la incompatibilidad del mismo, refiriendo que: “…los citados instrumentos de planificación y gestión, deben ser elaborados con la intervención de la participación y control social y de ninguna manera con la participación de otros sectores o agentes, no legitimados para ello, menos aún si el trabajo realizado será posteriormente puesto a consideración del control social, como si este mecanismos, fuese una instancia revisora del trabajo realizado por otros sectores; esta visión es contraria al mandato constitucional establecido en el art. 242 de la CPE, para la participación y control social…”.