DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019

Fecha: 06-Feb-2019

las modificaciones posteriores a la norma institucional básica deben ser activadas por voluntad popular y/o por el órgano deliberante, para luego ser objeto de control previo de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional Plurinacional, y finalmente ser sometido a referendo aprobatorio por parte de la población

En esa medida, las modificaciones posteriores a la norma institucional básica deben ser activadas por voluntad popular y/o por el órgano deliberante, para luego ser objeto de control previo de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional Plurinacional, y finalmente ser sometido a referendo aprobatorio por parte de la población; y,