DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019

Fecha: 06-Feb-2019

ARTICULO 77. (Del procedimiento legislativo)

d)  Cuando el Proyecto de Ley Municipal cuente con informe de la Comisión o Comisiones correspondientes, pasará a consideración del Pleno del Concejo Municipal, donde será tratado en su estación en grande y en detalle, y modificado, rechazado o aprobado, la forma de aprobación de Leyes Municipales será regulada en el Reglamento General de acuerdo a la complejidad o materia de la Ley.