DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

art. 63.I,

El art. 63.I, en la parte final intenta regular para las comunidades indígenas originarias al definir: “…Para el mismo podrán constituir una estructura ejecutiva conformada al menos por tres cargos y una instancia deliberativa constituida según sus normas y procedimientos propios, presidida por el o la representante indígena originaria campesina del Concejo Municipal”. Esta última parte debe ser retirada del texto constitucional, siendo que estas comunidades deben organizarse por procedimientos propios garantizados por la CPE como por los tratados internacionales, entonces la norma básica no es el instrumento para regularlos de acuerdo al art. 190.I de la CPE.