DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 95. (DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE CONSEJOS DIRECTIVOS)

IV.     Un o una Concejal designado por mayoría de votos del Concejo Municipal y un o una miembro del organismo municipal de control social permanente, designado por mayoría de votos de sus miembros, participarán de las sesiones del Consejo Directivo de la Entidad Descentralizada, como veedores representantes del Órgano Fiscalizador y del Control Social permanente, sin derecho a voto, con fines de transparencia.