DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 217. (INTEGRALIDAD DEL CONTROL SOCIAL)

El control social municipal será integral, debiendo las instancias responsables del mismo ejercer el control a la gestión desempeñada por los dos órganos de gobierno y sus instancias centrales, descentralizadas y desconcentradas del Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo, en todas las temáticas y en todo el territorio municipal. Los mecanismos, procedimientos y demás acciones de control social, por ningún motivo perjudicará la agilidad legislativa, ejecutiva, administrativa y operativa de la gestión municipal.