DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

art. 98,

El art. 98, define que para el acceso a cargos en la administración pública del municipio de Anzaldo, serán considerados primeramente “…las y los habitantes de la jurisdicción territorial del municipio, para luego, ante ausencia de postulantes que cumplan los requisitos, considerar a los postulantes provenientes de otros municipios. En caso de los cargos de designación, de libre nombramiento y de pre-carrera administrativa, pasarán por el mismo proceso de preferencia local para su selección e incorporación al Gobierno Autónomo Municipal”, estableciendo preferencias discriminatorias y vulneratorias a los arts. 46.I y 14.I.II y III de la CPE, que garantizan el acceso a una fuerte laboral y prohíben la discriminación por cualquier condición, incluida la procedencia, debiendo ser retirado del proyecto de norma básica para ser declarado constitucional.