DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 182. (PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA PLURAL)

I. Se reconoce, promueve y aplica la economía plural en sus diferentes formas de organización económica basada en principios constitucionales de complementariedad, reciprocidad, solidaridad, redistribución, igualdad, seguridad jurídica, sustentabilidad, equilibrio, justicia y transparencia, que complementa el interés individual con el vivir bien colectivo y comprende:

a)  Economía Estatal.- Que implica la participación del Estado en la economía local, para lo cual, el Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo podrá crear empresas municipales en ámbitos estratégicos de la economía local, mediante las cuales podrá prestar servicios, producir, industrializar y comercializar bienes y servicios, fortalecimiento de la democracia económica y el logro de la soberanía alimentaria de la población local, garantizando la participación y el control social sobre su organización y gestión.

b)  Economía Privada.- Que implica la participación individual de las personas, en la economía. Toda iniciativa económica privada será apoyada por el Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo, salvo las de venta de bebidas alcohólicas y otras actividades perjudiciales para el buen desarrollo de la sociedad.

d)  Economía Cooperativa.- El Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo reconocerá y promoverá las cooperativas como formas de trabajo solidario y de cooperación, sin fines de lucro, principalmente la organización de cooperativas en actividades de producción, fomentando y promocionando el área comunitaria de la economía como alternativa solidaria en el área rural y urbana del municipio.

II.    El Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo ejercerá la dirección integral del desarrollo económico y sus procesos de planificación, reconociendo, respetando, protegiendo y promoviendo la iniciativa privada y la organización económica comunitaria que comprende los sistemas de producción y reproducción de la vida social, fundados en los principios y visión propios de las naciones y pueblos indígena originario y campesinos.

III. El Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo, entre sus funciones para la economía local, participará directamente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios económicos y sociales para promover la equidad económica y social, e impulsar el desarrollo, denunciando ante las instancias correspondientes el control oligopólico de la economía; promoverá la integración de las diferentes formas económicas de producción, con el objeto de lograr el desarrollo económico y social; Promoverá prioritariamente la industrialización y manufactura de productos, en el marco del respeto y protección del medio ambiente, para garantizar la generación de empleo y de insumos económicos y sociales para la población; Generará y promoverá políticas de distribución equitativa de la riqueza y de los recursos económicos del municipio, con el objeto de evitar la desigualdad, la exclusión social y económica, y erradicar la pobreza en sus múltiples dimensiones; Formulará periódicamente, con participación y consulta ciudadana, el Plan de Desarrollo Integral, cuya ejecución será obligatoria para todas las formas de organización económica; Gestionará recursos económicos para la investigación, la asistencia técnica y la transferencia de tecnologías para promover actividades productivas y de industrialización local.