DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 64. (NATURALEZA DE LA GUARDIA MUNICIPAL)

I.   En el Gobierno Autónomo Municipal se podrá constituir la Guardia Municipal como fuerza pública local, con la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público y el cumplimiento de las normas municipales, en el marco del ejercicio y ejecución de las competencias municipales, dentro la jurisdicción territorial del municipio. El Gobierno Autónomo Municipal normará el funcionamiento de la Guardia Municipal mediante Ley Municipal, la cual se reglamentará.